Impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros.
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Trámite
En líneaDependencia:
Secretaría de hacienda
Declaración y pago del impuesto por el ejercicio de cualquier actividad comercial, industrial o de servicios, en forma permanente u ocasional en inmuebles determinados, con establecimientos de comercio o sin ellos.
Dirección de dependencia:
Rentas Municipales
CL 51 # 51 - 24
(4) 6047944 - 1222,(4) 6047944 - 1223
Hora de atención:
Cualquier Día Hábil, En El Horario,
De Lunes A Jueves En El Horario De 7:30 A.M. A 11:00 A.M. Y De 1:30 P.M. A 4:30 Pm.,
Viernes De 7:30 A.M. A 11:00 A.M. Y De 1:30 P.M. A 3:00 P.M.
Tiempo de respuesta: Obtencion_inmediata
Requiere Pago: Si
Costo:
Depende de la actividad económica que se ejerza o realice, según tarifa establecida en el Código de Rentas (Acuerdo No. 028 de 2012) y los intereses de mora liquidados o sanciones cuando a ello haya lugar
Condiciones No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Estar inscrito en el Registro Único de Comerciantes